El pasado sábado día 13 de marzo se publicó en el BOE el último Real Decreto 5/2021 para encontrar opciones para empresas en crisis debidas a la Covid-19. Una de las cuestiones que resolvió fue contestar qué ocurría con la prórroga que existía para la presentación tanto voluntarios como necesarios.

La solución del legislador no ha sido otra que empujar sin miramientos la situación hacia adelante, es decir, ha extendido la prórroga para la presentación de concursos hasta el 31 de diciembre de 2.021.

Lamentablemente esta medida no resuelve los problemas reales de las empresas y, un aviso para “navegantes”: La existencia de ésta prorroga no equivale a la inexistencia de responsabilidad de los administradores. Sobre esta responsabilidad nadie se pronuncia, pero, sigue vigente en caso de inacción, especialmente en caso de deudas con la Agencia Tributaria y Seguridad Social.

La dura realidad de la crisis empresarial

Esta norma debe ponerse en correlación con dos factores más: el primero es que también durante el mes de marzo finaliza el plazo de carencia de los préstamos ICO concedidos por la banca por causa de la Covid-19 y, en segundo lugar, es qué algo más tarde finalizará también la prórroga de los ERTES.

En relación a los préstamos ICO, un aspecto muy importante a destacar, es que el plazo de carencia no se prorroga automáticamente al amparo del Real Decreto 34/20, sino que hay que cumplir una serie de requisitos para poder obtenerlo.

Estos dos factores conllevarán que muchas empresas se enfrenten a una dura realidad. Tendrán problemas de tesorería, por lo que no podrán atender todos los pagos regularmente de sus obligaciones con proveedores, banca, trabajadores, Hacienda y Seguridad Social.

Opciones para empresas en crisis

Si a pesar de los problemas de tesorería el negocio desarrollado es viable, la estrategia adecuada sería presentar lo que coloquialmente se conoce como un pre-concurso, actualmente regulado en el artículo 583 TRLC.

Esta medida nos permitirá evitar responsabilidades del órgano de administración, paralizar posibles embargos y afrontar con tiempo tres posibles opciones:

  • Realizar una refinanciación.
  • Concurso con convenio (acuerdo de quita y espera de la deuda).
  • Concurso con venta de unidades productivas aplicando el protocolo Pre-Pack.

En caso de que se tenga claro que el negocio no es viable, se deberá presentar el concurso de acreedores a la mayor brevedad posible para evitar cualquier tipo de responsabilidad en el órgano de administración de la sociedad.